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Participación de copropietarios en los acuerdos sobre actos de disposición

El Tribunal Registral estableció que es fundamental la participación de los copropietarios en los acuerdos de actos de disposición. Por ello, cada copropietario debe intervenir en la junta de propietarios cuando se pretenda modificar los porcentajes de participación respecto a una unidad exclusiva.


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Si en la junta de propietarios se están adoptando acuerdos sobre actos de disposición, como es la modificación de los porcentajes de participación en los bienes comunes, deben intervenir en la junta todos los copropietarios de la unidad exclusiva.


Así lo estableció el Tribunal Registral en la Resolución N° 1702-2020-SUNARP-TR-L. El cual también señala que, en defecto de lo señalado inicialmente, cuando se actué en representación, se debe consignar que la interviniente procede en representación de todos los copropietarios a fin de no dejar a uno de ellos fuera de la participación en la junta.


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