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Cláusula con condición suspensiva imprecisa debe ser interpretada con base en el contenido del contrato y la buena fe (Casación 1634-2019, Lima).

De conformidad con el artículo 168 del Código Civil, el acto jurídico debe ser interpretado de acuerdo con lo que se haya expresado en él y según el principio de la buena fe; sin embargo, la sala superior ha efectuado una interpretación del contrato de préstamo dinerario que va en contra de lo estipulado en la cláusula tercera del mismo, en tanto, en ninguna parte del contrato se señala que la devolución del préstamo y los intereses se encuentre condicionada a la venta de todos los departamentos, como lo ha sostenido la parte demandada a lo largo del proceso.



De lo expuesto se puede advertir que nos encontramos ante un negocio jurídico sujeto a una condición suspensiva, que producirá sus efectos a partir del momento en que la condición se cumpla o verifique; en ese sentido, la devolución del préstamo dinerario otorgado por el demandante a favor de la empresa demandada estaba condicionada a la elaboración del proyecto de edificación y la venta de departamentos, lo que, por la propia declaración de la demandada en su escrito de contestación, ya se ha producido, por lo que, contrariamente a lo señalado por la sala superior, el demandante sí cuenta con interés para obrar en la presente causa.


Así también debe considerarse, que la devolución del préstamo dinerario no puede sujetarse al hecho que se vendan todos los departamentos, pues ello significaría que estaríamos a merced de la voluntad de una de las partes y que tal vez dicha condición nunca se produciría, teniendo en cuenta que la venta de departamentos de un proyecto inmobiliario es algo incierto y que depende de muchos factores, teniendo en cuenta además, que desde la fecha del préstamo hasta la interposición de la demanda han transcurrido más de 3 años sin que se efectúe su devolución; por lo que debe entenderse que la devolución del monto otorgado en calidad de préstamo debía producirse a medida que se iban vendiendo los departamentos.


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